El parque a pesar de ser muy extenso incumple derechos de Buen Vivir que se encuentran especificados en la Constitución de Ecuador reformada en el 2008, a continuación se nombran los derechos vulnerados:
Ambiente Sano, en el Art. 14 perteneciente al Ambiente Sano, se da a conocer que las personas tienen derecho a un espacio libre de contaminación, lo cual evidentemente en este parque no se cumple a cabalidad
Cultura y Ciencia, en el Art. 24 se especifica que las personas tiene derecho a un espacio de recreamiento y esparcimiento este derecho se vulnera puesto que la falta de canchas y juegos recreativos para los niños, afecta directamente a las personas que lo visitan
No hay comentarios:
Publicar un comentario